Las clínicas dentales tratan datos especialmente protegidos —datos de salud— desde el primer contacto telefónico. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la legislación española imponen obligaciones concretas que muchas clínicas no tienen formalizadas.
Una llamada de recepción en una clínica dental puede implicar la recogida de:
Cuando el motivo de la llamada incluye información sobre el estado de salud del paciente, el dato se clasifica como categoría especial según el art. 9 del RGPD, y exige una base de legitimación reforzada.
La clínica actúa como responsable del tratamiento. Sus obligaciones mínimas incluyen:
Cuando una clínica contrata un sistema externo para gestionar llamadas, ese proveedor accede a datos de pacientes y actúa como encargado del tratamiento. El RGPD (art. 28) exige que esta relación quede regulada mediante un contrato escrito que incluya:
Contratar un proveedor sin este contrato expone a la clínica a una infracción directa del RGPD.
La base legal más habitual para el tratamiento de datos en recepción clínica es la ejecución de un contrato (art. 6.1.b RGPD) cuando el paciente solicita una cita, o el consentimiento explícito (art. 9.2.a RGPD) cuando se trata de datos de salud recogidos sin relación contractual previa.
En ningún caso el interés legítimo del responsable es una base legal válida para tratar datos de salud de categoría especial.
La grabación de llamadas es opcional y configurable según la política de cada clínica. Cuando el sistema genera grabaciones de voz o transcripciones, la clínica debe:
El RGPD exige que los datos no se conserven más tiempo del necesario para la finalidad del tratamiento. Los plazos de conservación de los registros de llamadas son configurables según la política de la clínica. La clínica es responsable de definir y documentar esos plazos en su registro de actividades de tratamiento. Recepcionista Dental aplica los plazos que la clínica establezca y elimina los datos cuando el tratamiento finaliza o se solicita su supresión.
El servicio de recepción automatizada se apoya en proveedores tecnológicos especializados (síntesis y reconocimiento de voz, infraestructura cloud, procesamiento de lenguaje natural). Estos proveedores actúan como subencargados del tratamiento, conforme al art. 28.4 del RGPD. La relación con cada subencargado está regulada mediante acuerdos de tratamiento de datos que imponen las mismas obligaciones de confidencialidad y seguridad exigibles al encargado principal. La clínica puede solicitar información sobre los subencargados utilizados.
Los pacientes cuyas llamadas gestiona el sistema conservan todos los derechos reconocidos por el RGPD frente a la clínica como responsable del tratamiento:
Las solicitudes de ejercicio de derechos dirigidas a Recepcionista Dental como encargado del tratamiento se remitirán a la clínica responsable para su resolución. La clínica dispone de los mecanismos necesarios para dar respuesta en los plazos establecidos por el RGPD.
Recepcionista Dental aplica medidas técnicas y organizativas orientadas a garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento. Entre ellas:
Estas medidas se documentan y revisan periódicamente. No se realizan afirmaciones absolutas sobre la ausencia de riesgos: ningún sistema de tratamiento de datos puede garantizar la eliminación total de riesgos de seguridad. Para una descripción detallada de la arquitectura, la separación entre clínicas y el control de acceso, consulta la página de seguridad y protección de datos.
Recepcionista Dental actúa como encargado del tratamiento conforme al art. 28 del RGPD. Eso implica que:
Para más información sobre el tratamiento de los datos del sitio web, consulta la Política de Privacidad.
Para conocer en detalle las funciones del sistema de recepción y sus requisitos de cumplimiento, consulta la guía completa sobre la recepcionista virtual para clínica dental.
Recepcionista Dental actúa como encargado del tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD. Antes de la activación del servicio se firma un contrato de encargado de tratamiento con cada clínica.
El sistema actúa con transparencia y nunca se presenta falsamente como una persona. Cuando corresponde, informa de que se trata de una asistente virtual especializada en gestión telefónica y atención administrativa.
Esta página tiene carácter informativo y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico. Cada clínica debe evaluar su situación específica con el apoyo de un delegado de protección de datos (DPD) o asesor jurídico especializado en protección de datos sanitarios.
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