Las clínicas dentales que externalizan la recepción telefónica confían a un proveedor externo el acceso a datos de pacientes. Es una decisión que exige garantías concretas: sobre cómo está organizada la infraestructura, quién puede acceder a qué, qué protecciones jurídicas se establecen y qué ocurre si algo falla. Esta página describe con precisión cómo protegemos la información de las clínicas y de sus pacientes.
El servicio opera sobre infraestructura cloud profesional gestionada por proveedores especializados. Los entornos de producción están separados de los entornos de prueba y desarrollo.
Cada clínica que contrata el servicio opera en un entorno completamente independiente. La separación entre clínicas es una garantía estructural del diseño del sistema, no una política de uso que dependa de la conducta de los usuarios.
Esta separación es especialmente relevante para grupos clínicos o clínicas que comparten propietario pero requieren independencia operativa entre centros.
Los datos que se recogen durante las llamadas —nombre del paciente, teléfono, motivo de consulta— pueden incluir información de salud y están clasificados como datos de categoría especial bajo el artículo 9 del RGPD. El tratamiento de esos datos exige una base de legitimación reforzada y medidas de seguridad adecuadas al riesgo.
Para una descripción detallada de las obligaciones del RGPD aplicables a la recepción dental —bases legales, grabación de llamadas, derechos de los pacientes y registro de actividades de tratamiento—, consulta la guía RGPD para clínicas dentales.
Antes del inicio del servicio se firma un contrato de encargado de tratamiento con cada clínica, conforme al artículo 28 del RGPD. Ese contrato no es un trámite formal: es el instrumento jurídico que establece con precisión las condiciones bajo las que Recepcionista Dental accede y trata los datos de los pacientes de la clínica.
El contrato incluye:
La clínica puede solicitar el contrato de encargado de tratamiento en cualquier momento del proceso de evaluación, antes de comprometerse con el servicio. Si tienes preguntas específicas sobre el contenido del contrato, puedes escribirnos a contacto@recepcionistadental.com o usar el formulario de evaluación.
La continuidad operativa del servicio de recepción es un requisito funcional crítico para las clínicas. Una clínica que depende del sistema para atender llamadas necesita que ese sistema esté disponible de forma fiable, especialmente en los momentos de mayor actividad.
Ningún sistema puede garantizar disponibilidad absoluta. El diseño del servicio prioriza la detección temprana, la recuperación rápida y la comunicación transparente sobre cualquier afectación.
Sí. Antes del inicio del servicio se firma un contrato de encargado de tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD con cada clínica. Ese contrato regula el tratamiento de datos de pacientes, las medidas de seguridad aplicadas y las condiciones de eliminación de datos al finalizar la relación. La clínica puede solicitarlo en cualquier momento del proceso de evaluación, antes de comprometerse con el servicio.
Los datos se transmiten cifrados en tránsito mediante TLS y se almacenan cifrados en reposo. El acceso a los entornos donde se procesan esos datos está restringido mediante controles de autenticación y queda registrado para trazabilidad.
No. Cada clínica opera en un entorno completamente separado. La separación entre clínicas es una garantía estructural del diseño del sistema, no una política que dependa de la conducta de los usuarios. Los datos de los pacientes de una clínica no son accesibles desde el entorno de otra, ni por el personal de otra clínica bajo ninguna circunstancia.
Cuando finaliza la relación contractual, los datos de los pacientes se eliminan conforme a los plazos establecidos en el contrato de encargado de tratamiento. La clínica puede solicitar la eliminación anticipada en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
El servicio se monitoriza de forma continua. Contamos con sistemas redundantes orientados a garantizar la continuidad operativa. Ningún sistema puede garantizar disponibilidad absoluta, pero el diseño prioriza la detección temprana y la recuperación rápida ante cualquier incidencia, con comunicación directa a las clínicas afectadas.
El servicio se apoya en proveedores tecnológicos especializados en síntesis y reconocimiento de voz, infraestructura cloud y procesamiento de lenguaje. Estos proveedores actúan como subencargados conforme al art. 28.4 del RGPD, con acuerdos de tratamiento de datos que imponen las mismas obligaciones de confidencialidad y seguridad exigibles al encargado principal. La clínica puede solicitar información sobre los subencargados utilizados.
Podemos revisar contigo el contrato de encargado de tratamiento y resolver cualquier duda antes de empezar. Sin compromiso.
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